Honrar a los Padres
Lo que todo judío debe saber sobre… honrar y respetar a los padres
Honrar a los padres (Kibud av vaem) es una de las mitzvot selectas que aparece en los Diez Mandamientos. La Torá nos dice: «Honra a tu padre y a tu madre», y también establece: «Honra a tu Di-os», ¡lo que implica que los padres están a la par con el honor a Hashem! Es el quinto mandamiento y está colocado entre los cinco que rigen la relación del hombre con Di-os y es el único que promete larga vida, si se cumple. Por más que respetemos a nuestros padres, nunca podremos retribuirles el hecho de darnos vida al traernos a este mundo. Sin embargo, la verdadera razón por la que los respetamos es porque es una mitzvá, y eso es suficiente. En realidad, se trata de dos preceptos: honor y respeto. ¿Cuál es la diferencia entre ambos?
Honrarlos incluye:
• Ponerse de pie cuando los padres entren. Permanecer así hasta que se sienten, se ausenten o digan que te sientes.
• Proporcionarles alimentos, vestimenta y transporte, si los padres no pueden proveérselos. De hecho, los padres se sienten mejor cuando pueden mantenerse por sí mismos.
Respetarlos significa:
• Si tu padre o madre tiene un lugar especial para sentarse, no lo ocupes.
• No contradigas a tus padres en su cara. Siempre hay una manera discreta de hacerlo. Cuando no estén presentes, puedes expresar una opinión contraria a la de ellos; pero, de una manera respetuosa.
• Algunas expresiones como «¡creo que tienes razón, papá!», pudieran ser irrespetuosas. Los padres no requieren de la aprobación de sus hijos.
• A menos que te pidan su nombre, no los llames ni te refieras a ellos por su nombre propio, incluso una vez fallecidos.
Casos particulares
• Los padres psicológicamente inestables, deben ser respetados. Es recomendable complacerle sus caprichos. Si se hace demasiado difícil atenderlos, hay que contratar la ayuda adecuada.
• La obligación incluye honrar y respetar de la misma manera a los padrastros, suegros, abuelos y hermanos mayores.
• Si el padre o la madre están dormidos no se les debe despertar salvo para el desempeño de cualquier deber religioso (que pudiese descuidar), ya que todos estamos obligados a honrar Di-os.
• Uno debe honrar a sus padres, aun después de su muerte. Cuando los padres se nombran después de su desaparición habría que añadir: «que su memoria sea una bendición».
• Sin embargo, al padre se le prohíbe imponer un yugo demasiado pesado a los hijos, ni ser muy exigentes con respecto a su honor. Deben perdonar y cerrar un ojo, pues, tienen derecho de renunciar al honor que se le debe.
Versión original: Jabad